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Sakâdûm Nask.
1. Una sección de los últimos veintidós es el Vakhshistân («código de aumento»), que detalla el progreso del aumento. 2. Sobre la expiación, la rendición y la compensación por cualquier cosa, disipándola mediante la compensación, la expiación y la rendición a quien le pertenece; sin que se haya fijado un período para ello. 3. Cuando quien origina la compensación, la expiación y la rendición es él mismo, ha fijado el período para ello, el crecimiento activo del pecado, después del tiempo señalado, se considera aumento.
4. Sobre el incremento [1] que es activo (kardakŏ), y lo que es existente (zîstakŏ); cómo es cuando lo existente se vuelve completamente activo, y cómo es cuando ambos son suprimidos (armêstî-aît). 5. Sobre la extracción de incremento sobre incrementos que pueden ocasionar hasta una igualdad; dónde y cuál es. 6. Sobre un don justo; es decir, cómo es cuando está abrumado por el empobrecimiento, y cómo es cuando su incremento aún continúa.
7. Sobre el progreso del interés (vakhsh) sobre la riqueza efectiva, cuando hay interés para ella, y este se acumula; también lo que no progresa; cómo es cuando el deudor (âvâm-hômônd), incluso al devolver la riqueza, es opulento, y el prestamista (âvâm nafsman) es opulento al solicitarla la; cómo es cuando ninguno es opulento, y el deudor no era opulento al solicitarla la; y_ cómo es cuando el prestamista (âvâm khvês) [ p. 139 ] es opulento al pedirlo, y el deudor no es opulento a través de la riqueza.
8. Sobre dónde y cuándo ha fallecido la vida (zîstanŏ) del prestamista, cómo es cuando el préstamo_ se emite de nuevo al final de la emisión (zihîsnŏ), y cómo es cuando ha existido en vigor, a través de la única emisión por el difunto, y se acumulan los intereses. 9. Cuando el deudor fallece, cómo es cuando pone los intereses en la propiedad de alguien a través de la adopción_, y cómo es cuando es el interés del poseedor de la riqueza en ambos mundos.
10. Sobre la peculiaridad de la retribución, la autoretribución de uno sujeto a retribución por otros, y el límite de la propia retribución. 11. Sobre la pena (tâvân) de quien, comprando animales para la fecundación, da a cada uno un mal macho; cuándo no están preñadas, y cuándo pueden procrear; y todo lo relacionado con el mismo tema. 12. Sobre el momento de permitir la admisión del macho a la bestia de carga, oveja y camello, y el momento de la consignación a cada macho por separado para quien queda la recepción; el caso cuando es el momento de la admisión del macho (gûsn-hilîh), y el caso cuando es tal consignación como cuando el período, que realmente se origina con la admisión del macho, ha continuado. 13. Cuando, por no haber sido preñada al macho en el momento oportuno, la hembra queda sin preñar, y no hay preñez de la vaca, la yegua, el camello, la oveja, la cabra o el cerdo, cada uno por separado, ¿cuál es la pena? y también el pecado que cometen.
14. Sobre el camello, la yegua, la vaca o la oveja, cuya leche está dañada y carece de mantequilla (akarag), debido a que se pospone el tiempo señalado; también la cantidad [ p. 140 ] promedio y mínima de leche de la yegua, la vaca, la cabra y la oveja, es decir, la cantidad de ordeño que producen cada una por separado. 15. Sobre el camello, es decir, cuánta produce pelo al año y en qué medida supera al ganado vacuno; también se menciona el asno, que se deja embargar por el mismo valor que el de los bueyes, y la forma de apalearlos. 16. Dónde y cómo es cuando las hembras del camello y del caballo son una multiplicación (afzûnŏ) que tiende a la insatisfacción; el aumento incluso de los aumentos del buey, la oveja y la cabra progresa, y de ellos, cuánto menos se debe producir la multiplicación de la hembra—que es un aumento de aumentos que tiende a la insatisfacción, donde se extiende sobre ellas—que la del macho.
17. El camello que se lastima en el camino, después del tiempo señalado, cuando lo mantienen trabajando ilegalmente y el camino está en mal estado, cuando trabaja ilegalmente y el camino está en buen estado, y cuando pasta cómodamente, donde apoderarse de él tiende a la insatisfacción de varias maneras, y lo compran individualmente cuando está realmente vigorizado [2], o por un precio.
18. ¿Por cuánto aumento de aumentos se mantiene quien compra también un perro o un cerdo vigorizado a un precio? Y cuando es que el aumento y el aumento de aumentos permanecen sin desarrollar en ellos, como sucede siempre que la propiedad, sobre la que se acumula el interés del residuo y la renta, aún es para los hijos _de los bienaventurados. [ p. 141 ] 19. Sobre aquel cuyos suministros alguien está comprando silenciosamente (agôpŏ), y el vendedor y tenedor importante está completamente desconsolado, de modo que el desconsolado tiene de sobra para alguien privado de alimento en un día de verano, y de sobra para quien también lo está en un día de invierno (dim-ikîk); también el abastecimiento de la humanidad y del fuego legítimamente, al principio, para un día y una noche de verano, y para uno de invierno [3]. 20. Sobre la ropa cuando es aquello que uno se quita para donación. 21. Sobre la pena por una primera privación de alimento, y el pecado de ella; también la pena de la segunda y la tercera, hasta la décima.
22. Sobre la demanda y defensa en relación con una deuda y sus intereses, y la decisión al respecto; también cómo es cuando, para mantener el pago, se cancelan deudas sobre deudas en cuanto a la continuidad de los intereses; y todo lo relacionado con el mismo tema. 23. Sobre la inutilidad de los suministros no autorizados por la religión. 24. Sobre la compra de una oveja sacrificada [4] cuando el vendedor queda desamparado por la entrega; también a cuántas ovejas, en los dos años anteriores, se debió alcanzar específicamente el aumento y el aumento de los aumentos. 25. Sobre dónde y qué es lo que no conduce al aumento, y qué es lo que sí lo conduce. 26. Sobre el pecado y la ofensa especial, el uso de la leche, el corazón [5] y la lana, la propagación que tiende a la insatisfacción, el aumento de los aumentos y el bien [ p. 142 ] figura de cada oveja y la regulación de cada una de ellas.
27. Sobre cómo el deudor debe anunciar la naturaleza del préstamo, que el prestamista, por irritación, no aprueba; y, cuando el deudor ha previsto una triple emisión, una doble, e incluso una única, el primer año está exento de mendigar su tiempo. 28. Sobre el deudor y lo que [6] paga, cuando se anuncia cada año y no aprueba; y cómo sucede esto, en lo que respecta al deudor, a través de múltiples reembolsos y todos los aplazamientos del prestamista [7].
29. Sobre causar la confiscación (pâdîrângarîh) de un ser humano (gerpîh) [8], y su cese [9] debido al trabajo mundano, donde es por un mes, o, de ahí en adelante, por un segundo, un tercero, un sexto, un noveno, o un año en el trabajo mundano, y donde es con respecto a varios seres humanos; la producción de ganancia que se acumula sobre ese solo ser humano; y todo lo que sea sobre el mismo tema. 30. Sobre la confiscación de una capa (gudâd) en el invierno, y de una bolsa de piel para contener agua (maskŏ-î âvdânŏ) en el verano; acerca de a quién pertenecen, al transcurrir las primeras diez noches, donde sea después de sacar la capa al comienzo del invierno, y del odre de agua al comienzo del verano; o antes de que transcurra el mes anterior, [ p. 143 ] respectivamente, hasta el final del invierno en lo que respecta a la capa, y hasta el final del verano en lo que respecta al odre de agua; es decir, a cuánta ganancia sobre esa capa o odre de agua corresponde la retribución del confiscador a quien pertenece [10]; y todo lo que esté sobre el mismo tema.
31. Sobre el aumento de los granos, y el de las ovejas, con la progenie, leche y lana que pueden producir individualmente. 32. Sobre la confiscación de ropas e implementos al devolverlos a quien considera especialmente muchos como suyos [11]; es decir, cómo aumenta el producto (vakhsh) cuando ordena su uso imperfectamente, cómo aumenta cuando lo hace de manera correcta, y cómo aumenta cuando los mantiene inactivos. 33. Sobre el producto de la tierra en la que se siembra grano, y de aquella en la que no se siembra (va-zak-î an-madam ramîtuntô) [12], cuando al entregarlo se agota. 34. Y lo mismo ocurre con la producción de adornos de oro y plata, y de cosas de color rojo, con muchas regulaciones sobre el mismo tema y lo que está relacionado con ello.
(138:1) Como esta palabra está escrita vakhs (= nâs), es dudoso que se refiera a vakhsh, «aumento», o vinâs, «pecado»; y el contexto es insuficiente para resolver la duda. ↩︎
(140:1) Pâz. aôsanghen, tanto aquí como en § 18, sin duda para Av. aoganghem, como en el Cap. XX, 58, siendo el Av.
g y
s muy parecidos. ↩︎
(141:1) Véase Farh. Oîm, pág. 38, ll. 4-8, y compárese con el cap. XXXVIII, 13. ↩︎
(141:2) Lectura barâ-zegtalûntakŏ, palabra que ha sido corrompida por el reparador del manuscrito. ↩︎
(141:3) Se lee dîl, pero la palabra también puede leerse sar, «cabeza». ↩︎
(142:1) Suponiendo que madam significa maman; las dos palabras a veces se confunden. ↩︎
(142:2) Quien concede al deudor un plazo mayor para el pago. ↩︎
(142:3) Literalmente, «forma corporal». Evidentemente, se refiere a la captura de un esclavo del deudor para saldar la deuda. ↩︎
(142:4) Se lee va-sakisnŏ en lugar del texto escrito de manera muy similar nikêzisnŏ, «explicación» del manuscrito. ↩︎
(143:1) Este parece el significado más probable si queremos entender que la confiscación se ha llevado a cabo en realidad en una temporada inapropiada; pero, si suponemos que se evita debido a la temporada, sería mejor traducirlo como sigue: «Por cuánta ganancia sobre esa capa, o odre de agua, debe ser compensado el confiscador a quien le corresponde.» ↩︎
(143:2) Posiblemente se refiere a la confiscación de artículos vendidos por un comerciante, pero no pagados. ↩︎
(143:3) La forma an del prefijo negativo se utiliza aquí porque el Zvâris an-madam se reemplaza por el Pâz. an-avar en la pronunciación. ↩︎