DEL ÚLTIMO TESTAMENTO
DEL DIFUNTO
REVERENDO JOHN BAMPTON,
CANÓNIGO DE SALISBURY.
[ p. v ]
—“Doy y lego mis tierras y propiedades al Canciller, Maestros y Académicos de la Universidad de Oxford para siempre, para tener y mantener todas y cada una de dichas tierras o propiedades en fideicomiso, y para los propósitos * mencionados más adelante; es decir, designo que el Vicerrector de la Universidad de Oxford por el momento tome y reciba todas las rentas, emisiones y ganancias de las mismas, y (después de todos los impuestos, reparaciones y deducciones necesarias hechas) que pague todo el resto a la dotación de ocho Sermones de Teología, que se establecerán para siempre en dicha Universidad, y se realizarán de la manera siguiente:
Yo ordeno y designo que, el primer martes del trimestre de Pascua, un profesor sea elegido anualmente por los directores de los colegios solamente, y por nadie más, en la sala contigua a la imprenta, entre las diez de la mañana y las dos de la tarde, para predicar ocho sermones de teología, el año siguiente, en St. Mary’s en [ p. vi ] Oxford, entre el comienzo del último mes del trimestre de Cuaresma y el final de la tercera semana del trimestre de Cuaresma.
También ordeno y designo que los ocho Sermones de la Conferencia de Divinidad se prediquen sobre cualquiera de los siguientes temas: para confirmar y establecer la fe cristiana y para refutar a todos los herejes y cismáticos, sobre la autoridad divina de las Sagradas Escrituras, sobre la autoridad de los escritos de los Padres primitivos en cuanto a la fe y la práctica de la Iglesia primitiva, sobre la Divinidad de nuestro Señor y Salvador Jesucristo, sobre la Divinidad del Espíritu Santo, sobre los Artículos de la Fe Cristiana, tal como se comprenden en el Credo de los Apóstoles y el Credo de Nicea.
También ordeno que se impriman siempre treinta copias de los ocho sermones de la Teología dentro de los dos meses siguientes a su predicación; y se dará una copia al rector de la universidad, otra al director de cada colegio, otra al alcalde de la ciudad de Oxford y otra se depositará en la biblioteca Bodleiana; los gastos de impresión se pagarán con los ingresos de las tierras o propiedades donadas para establecer los sermones de la Teología; y el predicador no recibirá el pago ni tendrá derecho a los ingresos antes de que se impriman.
También ordeno y designo que ninguna persona estará calificada para predicar los sermones de la conferencia sobre Divinidad, a menos que haya obtenido al menos el grado de Maestro en Artes en una de las dos universidades de Oxford o Cambridge; y que la misma persona nunca predicará los sermones de la conferencia sobre Divinidad dos veces.