[ p. 75 ]
De los numerosos escritos [307] que dejó San Francisco a las Damas Pobres de San Damián, solo se conocen dos fragmentos, que nos han sido preservados por la propia Santa Clara, quien los incorporó en el sexto capítulo de su Regla. Sabemos, gracias al Papa Gregorio IX, que San Francisco escribió para Santa Clara y sus primeras compañeras una formula vitae, o “pequeña regla”, al comienzo de su vida religiosa. [308] Pero fue este mismo Papa Gregorio IX, entonces conocido como Cardenal Ugolino, quien alrededor de 1219 compuso una Regla para las Damas Pobres, que fue aceptada por San Francisco y confirmada por Honorio III. [309] Esta Regla, como declara el propio Pontífice, fue profesada solemnemente por Clara y sus Hermanas y observada por ellas durante muchos años de manera loable. [310] El Papa Inocencio IV da testimonio del mismo efecto. Escribiendo a la Beata Inés, Princesa de Bohemia (que había fundado una casa de la Segunda Orden en Praga), sobre esta Regla, escrita por el Cardenal [ p. 76 ] Ugolino, dice: Las Hermanas del Monasterio de San Damián y todas las demás de vuestra Orden la han observado loablemente desde el momento de su profesión hasta ahora." [1] Estas palabras fueron escritas el 13 de noviembre de 1243.
En vista de tal testimonio, es obviamente un error afirmar, como hacen Wadding y otros escritores, que Santa Clara abandonó esta Regla en 1224 y profesó otra escrita por San Francisco. También es erróneo suponer que San Francisco escribió una Regla para las Damas Pobres. [2] La escrita alrededor de 1219 por el Cardenal Ugolino fue reformulada por la propia Santa Clara hacia el final de su vida, adaptándola en la medida de lo posible a la Segunda Regla escrita por San Francisco para los Frailes Menores. La Regla de las Damas Pobres, así reformulada por Santa Clara en una nueva forma, fue confirmada por Inocencio IV el 9 de agosto de 1253, apenas dos días antes de la muerte de la santa abadesa. [3]
En el sexto capítulo de esta Regla, Santa Clara describe las circunstancias en las que se compusieron los dos fragmentos de los escritos de San Francisco que aquí se presentan. «Después de que el Altísimo Padre Celestial se dignó por su gracia iluminar mi corazón —nos dice Santa Clara— a hacer penitencia siguiendo el ejemplo y la enseñanza de nuestro bendito padre, San Francisco, poco después de su conversión, yo, junto con mis hermanas, le prometí voluntariamente obediencia. Pero, viendo que no temíamos la pobreza, el trabajo, la tristeza, la humillación ni el desprecio del mundo, sino que los deleitábamos profundamente, el bendito padre, movido por la compasión, nos escribió una regla de vida [4] en esta forma…». A continuación sigue el primero de los dos fragmentos que se presentan a continuación. Más adelante en el mismo capítulo de su Regla, la santa abadesa añade: «Para que nosotras y también las que vinieran después de nosotras nunca nos apartáramos de la santísima pobreza que habíamos asumido, nos escribió de nuevo poco antes de su muerte [5] su último deseo, diciendo . . . .» [6] Sigue luego el segundo de los dos fragmentos aquí citados.
Ambas piezas, que Wadding tomó como cartas [7] dirigidas a Santa Clara, se traducen aquí según el texto de la Regla contenida en la bula original de Inocencio IV. [8] Son las siguientes:
Puesto que, por inspiración divina, os habéis hecho hijas y esclavas del Altísimo [ p. 78 ] Rey Soberano, el Padre Celestial, y os habéis desposado con el Espíritu Santo, eligiendo vivir según la perfección del santo Evangelio, quiero y prometo tener siempre, por mi parte y por mis hermanos, un diligente cuidado y una especial solicitud por vosotras, como por ellos. [10]
Yo, hermanito Francisco, deseo seguir la vida y pobreza de Jesucristo, nuestro Altísimo Señor, y de su Santísima Madre, y perseverar en ella hasta el fin. Y os suplico y os aconsejo a todas, señoras, que viváis siempre en esta santísima vida y pobreza. Y cuidad bien de no apartaros de ella en ningún sentido por enseñanzas o consejos de nadie.
76:1 Véase Bullar., t. I, pág. 315. ↩︎
76:2 Sobre el origen de la Segunda Orden y la Regla temprana, ver Lemmens: «Die Anfänge des Clarissenordens» en el Römische Quartalschrift, t. XVI, 1902, págs. 93-124, que tiene el carácter de una réplica al artículo del Dr. Lempp con el mismo título, publicado en el Zeitschrift für Kirchengeschichte de Brieger, XIII, 181-245. ↩︎
76:3 Esta Regla está contenida en la bula Solet annuere, de Inocencio IV. Véase Seraphicae Legislationis textus originales, página 49 y siguientes. Véase también Bullar., I, 167; Ana. Min., III, 287. ↩︎
77:1 Forma vivendi. Ver Serafín. Legislat., pág. 62. ↩︎
77:2 Los biógrafos sitúan la escritura de este fragmento en el otoño de 1220, después del regreso de San Francisco de Oriente. ↩︎
77:3 Ver Serafín. Legislat., pág. 63. ↩︎
77:4 Están numerados IV y V entre las Episiolae en su edición de los Opuscula. ↩︎
77:5 Esta bula, perdida durante varios siglos, salió a la luz a principios de 1893, tras una prolongada búsqueda en diferentes países; se encontró envuelta en un antiguo manto de Santa Clara, conservado en el Monasterio de Santa Clara de Asís. Véase Seraph. Legislat., págs. 2 y ss. Véase también G. Cozza-Luzi: Un autografo di Innocenzo IV e Memorie di S. Chiara, ed. 2da., Roma, 1895. ↩︎
77:6 Algunos críticos consideran este fragmento como una promesa o compromiso que acompaña a la fórmula vitae o como el comienzo de la pág. 78 de la propia fórmula, y creen que el texto de esta última, ahora perdido, también se insertó originalmente en el sexto capítulo de la Regla de Santa Clara. Sea como fuere, lo cierto es que este capítulo ha sido completamente modificado en varias ediciones. En las versiones vernáculas, basadas en Wadding, los dos fragmentos aquí citados no aparecen en absoluto. Véase el P. Van Ortroy, SJ, en Anal. Boll., t. xxiv, fasc. iii, pág. 412. ↩︎
78:1 Ver 2 Cel. 3, 132. ↩︎