[pág. iii]
Las circunstancias que dieron lugar a la traducción de las siguientes porciones de la Mishná merecen un breve registro en los anales de la historia judía y son las siguientes:
Durante una de las discusiones públicas que tuvo lugar en la sacristía de la Sinagoga Sphardim, sobre la revisión de la liturgia utilizada en dicha sinagoga y la mejora de su culto público, quienes se oponían a la modificación se refugiaron en la autoridad de la Mishná, lo que llevó a los defensores de la mejora a expresar sus dudas, arraigadas durante mucho tiempo, sobre la divinidad de la Ley Oral. Estos caballeros, al ser provocados por usar argumentos derivados de extractos parciales proporcionados por escritores cristianos, instaron a que se les proporcionara una traducción al inglés elaborada por personas de su propia fe. A raíz de esta solicitud, la reunión aprobó una resolución que autorizaba al Rev. DA De Sola a traducir la Mishná. El Sr. De Sola, al mismo tiempo facultado para nombrar a un coadjutor, eligió al Rev. MJ Raphall, y la siguiente traducción (que abarca las partes de la obra que se relacionan más directamente con Israel en su actual dispersión) es el resultado de su trabajo conjunto. [1]
No puede haber duda de que para el israelita, que cree en la divinidad de una Ley Oral, que piensa que la salvación de su alma depende de tal creencia, pero para quien la Mishná en hebreo es un libro sellado, no puede haber duda de que para tal hombre, si es racional además de piadoso, la presente traducción debe ser altamente aceptable, ya que la mera creencia en el contenido de un libro no comprendido no puede conferir ningún derecho a una recompensa celestial. Para su correligionario, igualmente desprovisto del hebreo, que cree que una doctrina que implica la salvación o la perdición del alma debe basarse no en pruebas presuntivas, sino demostrativas, y cuyo escepticismo se basa en el silencio expresivo de Dios, de Moisés y de los Profetas respecto a la existencia de dos códigos divinos, debe ser igualmente aceptable para él una publicación que arroje luz sobre un tema de tan profundo interés espiritual. Y como la Mishná completa ha sido traducida al alemán por nuestros hermanos continentales, es de esperar que se traduzca al inglés para la ilustración del judío británico, quien así podrá leer un libro que, según se dice, contiene la explicación divina de la Ley Escrita. Encontramos las páginas sagradas del Pentateuco, los Profetas y la Hagiografía abiertas para su instrucción, consuelo y consuelo; y el mismo libre acceso debería darse a las páginas que contienen una porción tan extensa de la Ley Oral, a la que también se atribuye un origen divino.
Tebet, 5603.—diciembre, 1842.
iii:1 El Tratado Nidda, al no ser adecuado para las nociones refinadas del lector inglés, no se ha impreso; y por la misma razón, en algunos pasajes se ha sustituido el hebreo por el inglés. En el Tratado Yebamoth se ha considerado necesario omitir, por razones similares, los capítulos VI y VIII, así como varias secciones del mismo tratado; las omisiones se indican con asteriscos. ↩︎