Los deberes y restricciones relativos al Rey | Página de portada | El método de procedimiento judicial en casos no capitales |
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II.—PROCEDIMIENTO JUDICIAL
M.III. 1. Los casos no capitales son juzgados por tres jueces. Cada una de las partes contendientes elige a uno, y las dos juntas eligen a un tercero, según R. Meir; pero la mayoría sostiene que los dos jueces eligen al tercero. Cada una puede negarse a aceptar a los jueces de la otra, según R. Meir; pero la mayoría sostiene que esto solo es así cuando se presentan pruebas en su contra que demuestran que son parientes o que no son elegibles. Pero si son elegibles o están autorizados por el tribunal, no pueden ser descalificados.
Cada uno puede negarse a aceptar los testigos del otro, así lo afirma R. Meir; pero según la mayoría, esto sólo ocurre cuando se presentan pruebas contra ellos de que son parientes o de que no son elegibles por algún otro motivo.
2. Si un hombre dice: «Confío en mi padre», o «Confío en tu padre», o «Confío en tres pastores», [^200]\—R. Meir sostiene que puede retractarse; pero la mayoría sostiene que no puede.
Si un hombre está obligado a su vecino bajo juramento, y su vecino le dice: «¡Hazme una promesa por tu vida!», R. Meir sostiene que puede retractarse; pero la mayoría sostiene que no puede retractarse.
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T.
V. 1. Cualquiera de las partes en un proceso puede rehusarse a aceptar a los jueces elegidos por la parte contraria; pero la mayoría sostiene que nadie está facultado para rehusar a un juez considerado por todos como perito.
Si un hombre dice: «Confío en mi padre», «Confío en tu padre» o «Confío en tres pastores», puede retractarse. [1]
Español Si un hombre está obligado a su vecino bajo juramento, y su vecino le dice: “Júrame por tu vida” o “por este o estos objetos que tengo en la mano”, puede retractarse hasta que preste juramento en presencia del juez, así R. Meir; pero la mayoría sostiene que no puede retractarse. R. Jehuda dijo: El juramento no puede administrarse ante un solo juez. A esto se respondió: Esta es solo tu propia opinión; si las partes contendientes aceptan a un solo juez, no pueden retractarse. R. Jehuda también solía decir: Si un hombre está obligado a su vecino bajo juramento, y su vecino le dice “Júrame por tu vida” y él ha aceptado tal juramento, no puede retractarse. Ocurrió en el caso de uno que estaba obligado a su vecino bajo juramento en el tribunal, que había jurado por un objeto definido, y su vecino había aceptado el juramento.
M.III. 3. Quedan descalificados (como testigos o jueces): el jugador de dados, el usurero, los palomares y quienes comercian con el cultivo sabático. [2] R. Shimeon dijo: Al principio solo se usaba la descripción de recolectores del cultivo sabático, pero dado que los opresores [3] han proliferado, la prohibición se limita a quienes comercian con el cultivo sabático. R. Jehuda sostuvo que [ p. 59 ] cuando esta es la única ocupación de una persona (está descalificado), pero si tiene otra ocupación, es elegible.
T. V. 2. Quien juega a los dados —y da igual que juegue con bloques de madera, cáscaras de nuez o cáscara de granada— nunca podrá considerarse reformado hasta que acepte romper sus dados y se reforme por completo. Quien presta dinero con usura no podrá considerarse reformado hasta que rompa sus libros de cuentas y se reforme por completo. Un colombófilo —es decir, quien entrena palomas, y da igual que entrene palomas o cualquier otro animal, criatura viviente o ave— nunca podrá considerarse reformado hasta que destruya lo que le impide hacerlo y se reforme por completo. Quien negocia con el crecimiento sabático —es decir, quien permanece inactivo los otros seis años y, al llegar el año de la liberación [4], empieza a extender sus manos y pies y a comerciar con los frutos de la transgresión— nunca puede considerarse reformado hasta que, al acercarse el siguiente año de liberación, sea examinado y se descubra que ha efectuado una reforma completa. R. Nehemia dice: Debe ser una reforma de hecho, no solo de palabra. ¿Qué forma adopta? (Debe decir): «Estos doscientos denarios he acumulado de los frutos de la transgresión. Repártanlos entre los pobres».
R. Meir los llamó “recolectores del crecimiento sabático”, mientras que R. Jehuda los llamó “comerciantes del crecimiento sabático”. De ambos tipos, R. Jehuda dijo: Si tienen otra ocupación, están descalificados; pero si se reforman, son elegibles. La mayoría, sin embargo, sostiene que si tienen otra ocupación, están descalificados (como testigos) en asuntos como la santificación del mes o la intercalación del año, y en casos no capitales y [ p. 60 ] capitales; pero para el testimonio que una mujer puede prestar, también lo son. [5]
M. III. 4. Se consideran parientes: hermano, tío paterno o materno, cuñado, cuñado del padre y la madre, hijastro, suegro, esposo de la hermana de la esposa; junto con sus hijos, sus yernos y el hijastro de un hombre (pero no los hijos de este último). R. Jose dijo: Tal es la Mishná de R. Akiba [6] pero la primera Mishná [6:1] incluía al tío, primo hermano y a todos los elegibles para ser herederos, [^207] y a aquellos que en ese momento eran parientes; pero los parientes que se habían distanciado desde entonces eran elegibles (como jueces o testigos). R. Jehuda sostiene que si la hija de un hombre muere y deja hijos, su esposo aún se considera pariente.
5. Un amigo o un enemigo (es descalificado). ¿A quién se considera amigo? Al padrino de boda. ¿Y a un enemigo? A un hombre que, por hostilidad, no ha hablado con su vecino durante tres días. Pero a esto se respondió: Los israelitas no deben ser sospechosos por esto.
TV 3. El cuñado de una esposa está descalificado, pero no así sus hijos. Un hijastro está descalificado, pero no así sus hijos.
4. Los parientes no pueden juzgarse entre sí, ni entre sí, ni en nombre de los demás, ni en presencia de los demás.
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T.
Si un hombre obtuvo pruebas siendo yerno del acusado, aunque su hija ya haya fallecido; o mientras comerciaba con el cultivo sabático, aunque ahora se haya reformado; o siendo mudo, pero ya ha sanado; o siendo ciego, pero ya ha recuperado la vista; o siendo loco, pero ya ha recuperado la cordura; o siendo extranjero, pero ya se ha convertido en prosélito, dicho hombre es descalificado. Pero si obtuvo pruebas antes de ser yerno del acusado, y ya se ha convertido en su yerno, y después falleció su hija; o antes de comerciar con el cultivo sabático, y ya se ha convertido en comerciante, y después se ha reformado; o mientras oía, y ya ha quedado sordo, y después se ha recuperado; o antes de ser ciego, y ya ha recuperado la vista después de estar ciego; o antes de estar loco, y después de estar loco, ya ha recuperado la cordura, dicho hombre es elegible. La regla general es que quien era elegible en el primer caso y actualmente lo es, es elegible. Si no era elegible en el primer caso y actualmente no lo es, o si no era elegible en el primer caso, pero actualmente lo es, es inelegible.
5_a_. Si alguien poseyera pruebas escritas contra el acusado y posteriormente se convirtiera en su yerno, no podrá presentar su escritura para respaldar su testimonio, pero otros podrán hacerlo.
Si recibió de él una casa o un campo por el pago de cien manae, [7] y tiene evidencia acerca del hecho, no puede presentar la evidencia; porque nadie puede testificar en su propio favor.
Entre las personas incapaces de actuar como jueces o testigos se incluyen también los ladrones, los pastores y los extorsionadores, y todos los sospechosos relacionados con la propiedad. [8] Su testimonio es siempre inválido.
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57:1 El más desprestigiado de la población. ↩︎
58:1 El manuscrito de Viena y la edición de Venecia (el textus receptus) añaden: «del veredicto, —así dice R. Meir; pero la mayoría dice que no puede retractarse». ↩︎
58:2 Lev. 25. 1 y sigs. ↩︎
58:3 En materia de impuestos y presión económica. ↩︎
59:1 Deuteronomio 15. 2. ↩︎
60:1 Según Rosh ha-Shana 22 a, su evidencia es válida sólo en asuntos relacionados con el matrimonio. ↩︎ ↩︎
60:2 Se refiere a compilaciones anteriores, presumiblemente orales, de las que R. Jehuda ha-Nasi se basó para su Mishná final y autorizada. ↩︎
60:3 Parientes por línea paterna. Véase B. Bathra 8. 1 y siguientes ↩︎