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§ 1. Cuando una viuda que se casó ilegalmente con un sumo sacerdote, o una mujer divorciada, o una que dio Chalitzah, se casó también ilegalmente con un sacerdote común, y trajeron a sus maridos como porción matrimonial el usufructo de esclavos עבדי מלוג, [^704] o de esclavos que son como un rebaño de hierro, [^705] עבדי צאן ברזל: los primeros esclavos no pueden comer del cielo, pero los últimos esclavos pueden comer de él. El término “esclavos usufructuarios” denota que la pérdida de estos esclavos por muerte, o la ganancia que pueda derivarse de ellos por su aumento, corre por completo riesgo o beneficio de la esposa; y, por lo tanto, aunque el esposo está obligado a mantenerlos, no pueden comer de su ofrenda. Los esclavos que son como un “rebaño de hierro” son aquellos cuya muerte es pérdida para el esposo, o su aumento, su ganancia; y como él corre por completo riesgo de ellos, pueden comer de la ofrenda [como si los hubiera comprado].
§ 2. Cuando una mujer israelita se casa con un sacerdote, a quien le trajo esclavos como dote matrimonial, dichos esclavos pueden comer del cielo, ya sean esclavos en usufructo o como rebaño de hierro; pero si la hija de un sacerdote se casó con un israelita y le trajo esclavos, ya sean en usufructo o como rebaño de hierro, no pueden comer del cielo.
§ 3. Cuando un sacerdote que se casó con una mujer israelita muere, dejándola embarazada, sus esclavos no pueden comer del cielo, debido a la parte que el sacerdote tiene en la herencia de su padre, y el cielo pertenece a los herederos; porque el hijo no nacido de un sacerdote puede, sin duda, descalificar a una persona para comer del cielo, pero no puede otorgarle el derecho de dar de comer a sus esclavos. Tal es el dictamen de R. Josh. Pero los sabios argumentaron en contra y le dijeron: «Si es así, así como afirmas esto respecto a una mujer israelita casada con un sacerdote, así también, incluso si fuera hija de un sacerdote casada con un sacerdote y hubiera quedado embarazada de él a su fallecimiento, ¿no debería permitírsele comer del cielo, debido a la parte del feto?». «Porque los esclavos son propiedad del feto como heredero; y, según R. José, un feto no puede conferir el derecho a dar a los esclavos de comer del cielo consagrado».
§§ 4 y 5. * * * *
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§ 6. Un sumo sacerdote puede ocasionalmente descalificar a su abuela para comer del altar, como en el siguiente caso: cuando la hija de un sacerdote se casó con un israelita y le dio una hija, esta se casó con un sacerdote y tuvo un hijo con él, ese hijo estará calificado para ser sumo sacerdote y ministrar como tal en el altar; él califica a su madre para comer del altar, pero descalifica a su abuela materna, quien bien podría orar para que «no haya muchos en Israel como mi nieto, el sumo sacerdote, que me descalifique para comer del altar».
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