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§ 1. Un hombre puede desposar a una mujer personalmente o por medio de su apoderado, y una mujer también puede desposarse personalmente o por medio de su apoderado. Un padre también puede desposar a su hija menor de edad [נערה] personalmente o por medio de su apoderado. Si un hombre le dice a una mujer [ofreciéndole varios dátiles a la vez]: «Desposaos conmigo con este dátil» —«Desposaos conmigo con este dátil». Si entre estos dátiles hay uno que valga una Prutha, ella está desposada, pero no de otra manera; pero si hubiera dicho:
Con esto, y esto, y esto", estará comprometida si todos estos dátiles tienen el valor agregado de un Prutha, pero no de otro modo; pero si, mientras tanto, come algunos de ellos, solo estará comprometida si entre los últimos dátiles [que le dio] había uno que valiera un Prutha.
§ 2. Si un hombre le dice a una mujer: «Desposaos conmigo con esta copa de vino», y resulta ser miel, o si dice «miel», y resulta ser vino; o «con este denario de plata», y resulta ser de oro; o «con este denario de oro», y resulta ser de plata; o «con la condición de que sea rico», y resulta ser pobre; o «que sea pobre», y posteriormente se comprueba que es rico, ella no está desposada. R. Simeón, sin embargo, dice: «Si el error o el engaño fueron a su favor, el desposorio es válido».
§ 3. Si dijo: «Con la condición de que sea sacerdote», y es levita, o al revés; «Que sea un Netin», [^1103] y se descubre que es bastardo, o al revés; «Que viva en un pueblo pequeño», y posteriormente se descubre que vive en un pueblo grande, o al revés; «Que mi casa colinda con los baños públicos», y se descubre que está lejos de ellos, o al revés; «Que tenga una hija o esclava que sepa peinar», y se descubre que no la tiene, o al revés; «Que no tenga hijos», y se descubre que los tiene, o al revés: en todos estos casos, el compromiso será nulo, aunque la mujer declare que estaba decidida a comprometerse con el hombre, a pesar de su falsedad. Lo anterior también aplica si la falsedad proviene de la mujer.
§ 4. Si un hombre le dice a su apoderado: «Ve y desposa por mí a la mujer AB, en la ciudad C.», y él [el apoderado] fue y se desposó con ella [ p. 311 ] en otro lugar, el desposorio es nulo; pero si solo dijo: «Está en la ciudad C.», y el apoderado la desposó en otro lugar, el desposorio es válido. [^1104]
§ 5. Si un hombre se comprometió con una mujer con la condición de que no estuviera sujeta a ningún voto, y posteriormente se comprueba que sí lo está, el compromiso matrimonial es nulo. Si se casó con ella bajo el acuerdo tácito de la inexistencia de dichos votos, y se descubre que existen, puede divorciarse de ella y no está obligado a pagarle el importe de su contrato matrimonial. Si la comprometió con la condición de que no tuviera defectos físicos, y se descubre que los tenía, el compromiso matrimonial es nulo. Si se casó con ella bajo el acuerdo tácito de la inexistencia de dichos defectos, puede divorciarse de ella y no está obligado a pagarle el importe de su contrato matrimonial. Las mismas imperfecciones corporales que descalifican a un sacerdote [^1105] también descalifican a las mujeres para el matrimonio.
§ 6. Si un hombre se comprometió con dos mujeres por el valor de una Prutha, [^1106] o con una mujer por algo de menor valor que una Prutha, el compromiso es nulo, aunque posteriormente le haya enviado muchos regalos nupciales, ya que estos regalos solo se enviaron con motivo de la supuesta validez del compromiso anterior. Esto también ocurre cuando un menor se ha comprometido con una mujer.
§ 7. Si una persona se comprometió con una madre y una hija al mismo tiempo, o con dos hermanas a la vez, el compromiso es nulo para ambas. Sucedió una vez que un hombre recogía higos en una cesta para cinco mujeres, dos de las cuales eran hermanas. Los higos pertenecían a las mujeres, [^1107] pero eran fruto del año sabático. [1] El hombre dijo: «Todas se comprometerán conmigo con esto». Una de las mujeres fue y aceptó la cesta para las demás. Los sabios entonces decidieron que el compromiso era nulo en lo que respecta a las hermanas.
§ 8. Cuando un sacerdote desposa a una mujer con su parte de los sacrificios santísimos, o con la de los sacrificios sagrados en menor grado, el desposorio es nulo. [2] Además, según R. Meir, «Si desposó a una mujer, a sabiendas o por error, con su parte del segundo diezmo». [3] El desposorio es nulo, según R. Jehudah, [ p. 312 ] si lo hizo por inadvertencia, pero válido si lo hizo voluntariamente. [4] Si usó objetos consagrados, el desposorio es válido, según R. Meir, si los usó voluntariamente para ese propósito, pero nulo si los usó por inadvertencia. R. Jehudah dice: «Si los usó por error, el compromiso es válido, pero es nulo si los usó voluntariamente».
§ 9. Cuando una persona utiliza para el compromiso matrimonial frutos de la «Orlah» o del «Kilaim» de las viñas; o con un buey condenado a lapidación (Éxodo 21:29); o con un becerro al que se le va a cortar el cuello (Deuteronomio 21); o con la ofrenda de aves de leproso; o con el pelo de un nazareo; o con el primogénito de un asno (Éxodo 13:13); o con carne hervida en leche; o con la carne de animales sacrificados para uso profano en el atrio del templo: dicho compromiso matrimonial es nulo; (^1112) pero si vendió los artículos mencionados y utilizó su producto para este fin, el compromiso matrimonial es válido.
§ 10. Cuando una persona se desposa con una mujer con el cielo, o con el diezmo, o con las ofrendas debidas al sacerdote, [5] o con las aguas de expiación, o con las cenizas [de la vaca roja], ella está debidamente desposada, incluso si el hombre es israelita. [6]
310:1 Véase Tratado de Yebamoth. ↩︎
311:2 Véase Tratado de Gittin, cap. VI. §3. ↩︎
311:3 Levítico, cap. XXI. ↩︎
311:4 Véase Tratado Ketuboth, cap. VII. 7. ↩︎
311:6 Los productos de los campos serán, pues, comunes a todos. ↩︎
311:7 Porque sólo se les daba a los sacerdotes para comer, y no para ser aplicados de ninguna otra manera. ↩︎